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CMR Convenio transporte internacional mercancías carretera

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El contrato de transporte internacional de mercancías por carretera viene regulado en el Convenio CMR, establecido por la convención de Ginebra, suscrito en Ginebra el 19 de Mayo de 1956.


No se aplica en los casos siguientes:

  • transportes postales internacionales.
  • transportes funerarios.
  • transportes de mudanzas.


Confirma que el transportista recibió la mercancía y que un contrato de transporte existe entre el transportista y el que enviá la mercancía.

No da necesariamente el derecho de propiedad al transportista.

El transportista es responsable de las perdidas, daños y retraso de entrega.

El remitente es responsable de las perdidas y daños que el transportista podría padecer, debidos a una falta de información en el CMR.


El CMR debe ser rellenado por el remitente o su transitario y debe contener las informaciones siguientes :

  • lugar y fecha de su redacción.
  • nombre y domicilio del remitente.
  • nombre y domicilio del transportista.
  • lugar y fecha de carga y lugar previsto de entrega.
  • nombre y domicilio del destinatario.
  • descripción de la mercancía y su embalaje, en caso de mercancía peligrosa, su descripción
  • número de paquetes e identificación de los mismos.
  • peso de la mercancía o cantidad debidamente precisada
  • costes relativos a la mercancía (aduaneros, de transporte, que pueden intervenir desde la emisión del contrato hasta la entrega...)
  • instrucciones de las formalidades aduaneras y otras
  • la sujeción de la mercancía al convenio CMR, salvo clausula contraria


En caso de las aplicaciones particulares siguientes, debe detallar :

  • si la rotura de carga es aceptada
  • los costes que el remitente asume
  • el importe debido en caso de entrega “cash on delivery
  • una declaración del valor de las mercancías
  • las instrucciones del remitente al transportista para el seguro de la mercancía
  • el plazo máximum de entrega aceptado
  • el listado de los documentos dados al transportista


Al hacerse cargo de la mercancía el transportista debe revisar la exactitud de las menciones del CMR sobre número de bultos, marcas y números, estado aparente de la mercancía y de su embalaje.

Si no puede comprobar estos datos, debe hacer constar sus reservas en la carta de porte de forma motivada, si bien estas reservas no comprometen al remitente si no las ha aceptado expresamente.


El CMR, o carta de porte CMR, se expedirá en tres ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista.

  • 1 queda en poder del remitente.
  • 1 queda en poder del destinatario
  • 1 acompañará a las mercancías.


Si la mercancía se transporta en más de un vehículo, o se trata de varias mercancías diferentes, el transportista tiene derecho a exigir el establecimiento de varios CMR.

 

 
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